El Consejo

Por qué matricularse

Para responder al compromiso de actuar en beneficio de los intereses de la comunidad, que contribuyó a su formación profesional, que delega el juzgamiento del comportamiento ético en sus propios profesionales a través de la regulación y control de su actividad.

Para acreditar una matrícula habilitante para actuar en el campo profesional, participando ilimitadamente en el usufructo profesional de los beneficios de la era de la información y de la infraestructura global de las telecomunicaciones.

Para ejercer la profesión en un marco jerarquizado, donde la firma del matriculado tenga el valor jurídico de un colaborador técnico del Estado Nacional.

Para contar con mecanismos de respaldo y asesoramiento profesional.

Para participar de la elaboración de proyectos de ley que propugnen una ostensible mejora del desenvolvimiento del matriculado ante la sociedad.

Para disponer de un acervo profesional que le permita comprobar la experiencia y capacidad desarrollada a través de su carrera profesional.

Obligatoriedad de la matriculación

Las leyes nacionales y provinciales establecen la obligatoriedad de la matriculación para ejercer la profesión. Para hacerlo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Jurisdicción Nacional es preciso estar matriculado con su derecho anual vigente en el Consejo Profesional, dado que así lo establece el artículo 11 del Decreto Ley 6070/58 norma que fija las pautas para el ejercicio profesional de la agrimensura, la arquitectura y la ingeniería.

Lo que significa que para realizar toda actividad profesional, incluyendo el desempeño de cargos, funciones, comisiones o empleos, privados o públicos, es imprescindible estar inscripto en la matrícula correspondiente, cualquiera sea la forma de prestación.

Las autoridades judiciales, las reparticiones públicas provinciales y municipales y las Empresas del Estado, están obligadas por la ley a exigir y verificar la inscripción de los profesionales que se desempeñen como empleados bajo su dependencia.

Cualquier profesional puede solicitar al Colegio Profesional la suspensión de su matrícula en caso de que dejara de ejercer temporariamente su profesión o se alejara de la Provincia, pudiendo pedir el levantamiento de dicha suspensión en el momento que vuelva a ejercer.